21/11/2019

COMUNICADO OFICIAL

En relación con el informe de Amnistía Internacional conocido en el día de hoy, el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea de Chile, declaran:


1. Rechazar categóricamente las afirmaciones del informe que señalan que habría existido “Una política de ataques generalizados contra manifestantes”, ya que no existió, ni existe ninguna política de las FFAA para dirigir ataques generalizados o sistemáticos contra la población civil. Por ello, la extensa denuncia de Amnistía Internacional no contiene ninguna prueba directa o indirecta, de una orden, un acuerdo, o siquiera una insinuación de las FFAA en este sentido.

Por el contrario, su actuación fue requerida por S.E. el Presidente de la República, en el uso de sus facultades constitucionales y legales, para el mantenimiento del orden público y la defensa de las personas en el marco de la ley y las Reglas del Uso de la Fuerza, frente a los ataques generalizados cometidos por grupos no identificados y que están siendo investigados, contra los medios de transporte público y los establecimientos que permiten el abastecimiento vital de la población, mediante la comisión múltiple y simultanea de graves delitos de incendio, robos y saqueos.

2. Tampoco es cierto que durante el período que rigió el Estado de Excepción Constitucional, las FFAA hubieran actuado con la intención de lesionar a quienes se manifestaban para desincentivar la protesta social. Al contrario, su intención fue la de proteger a la población, los derechos de nuestros compatriotas y la infraestructura crítica de nuestro país, ante los graves delitos con altos grados de violencia que se estaban cometiendo.

3. Son hechos públicos y notorios, que durante el Estado de Excepción Constitucional se autorizó la realización de diversas manifestaciones a lo largo del país; que en dichas manifestaciones personal del INDH, un organismo estatal e independiente, pudo observar directamente su realización; que se respetó absolutamente la libertad de información sobre estos hechos, y la neutralidad de las informaciones que circulaban por internet. De igual forma, es indiscutido el funcionamiento autónomo del Ministerio Público y de los Tribunales de Justicia, quienes han recibido y procesado las denuncias y querellas que las personas afectadas y diversas organizaciones han presentado, incluyendo el INDH.

4. La efectividad de los hechos denunciados, y la eventual responsabilidad de quienes intervinieron en ellos, corresponde por tanto, ser aclarada por estos Tribunales de Justicia independientes, con pleno respeto al debido proceso y a la presunción de inocencia, propios de un estado de derecho.

5. Finalmente, debemos afirmar que en ningún caso los mandos de las FFAA ordenaron o toleraron la comisión de delitos, ni han obstruido o impedido el actuar de los organismos de derechos humanos, ni de los Tribunales de Justicia.

Es deber de las FFAA enfatizar que su política de actuación y las de sus mandos durante el estado de excepción constitucional se ajustaron plenamente a las normas que regulan el uso de la fuerza, en tales casos, siguiendo los principios de necesidad, proporcionalidad y gradualidad correspondientes, al mantenimiento del orden público, y las regulaciones que establecen el ejercicio del derecho a la legítima defensa propia y de terceros, particularmente de la población civil, atacada en sus personas y propiedades.

6. Los Soldados, Marinos y Aviadores se sienten orgullosos de la confianza depositada por los chilenos a través de la historia, y están comprometidos con su seguridad y bienestar, en cumplimiento de nuestra misión de defenderlos y servir a la Patria de acuerdo a la constitución y a las leyes.

Departamentos y Dirección de Comunicaciones del Ejército, Armada y Fuerza Aérea de Chile.

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